Página Principal

Autorización 2007  

Calendario 2007

Ñandú Pilar

OMA Pilar

Problemas Ñandú

Problemas OMA

Noticias

Frases célebres

Felicitaciones 2002

Felicitaciones 2003

Felicitaciones 2004

Felicitaciones 2005

Felicitaciones 2006

Número de Oro

Literatura & matemática

Nuevo Reglamento OMA 2003

Art.1º La OLIMPÍADA MATEMÁTICA ARGENTINA - O.M.A.-, tiene su domicilio en la Fundación Olimpíada Matemática Argentina - F.O.M.A.- Av. Santa Fe 3312 - Piso 9º de la Ciudad de Buenos Aires. Procura coordinar sus actividades con los Ministerios, Secretarías y Consejos de Educación de las distintas jurisdicciones.

Art.2º La OLIMPÍADA MATEMÁTICA ARGENTINA - O.M.A.-, tiene como objetivo fundamental estimular entre los jóvenes la actividad matemática y desarrollar la capacidad para resolver problemas y está sujeta a los siguientes principios generales:

      1. Libertad de participación: esta actividad es completamente voluntaria.
      2. Intencionalidad educativa y cultural: la propuesta consiste en apoyar la educación           matemática, capacitar a los alumnos que manifiestan aptitudes relevantes y promover el           intercambio de experiencias entre profesores e investigadores.
      3. Igualdad de oportunidades: la intención es ofrecer idéntica posibilidad de participación y
          de desarrollo personal a toda la comunidad escolar, independientemente de su condición           social y lugar de residencia.
      4. Integración social: es un aporte para la formación de recursos humanos como respuesta
          a la opción del mundo actual por el desarrollo tecnológico.
     5.  Participación gradual: se instrumenta la participación en función de edades, uso de
          métodos y conocimientos para evitar la temprana frustración de los alumnos con
           dificultades que exceden su madurez.
      6. Responsabilidad académica: la O.M.A. es la única responsable de la actividad académica y
          sólo de ello. Por lo tanto se reserva el derecho de interrumpir la participación de cualquier
          alumno que, a juicio de la comisión organizadora del concurso, resulte necesaria para el
          logro de los objetivos y su organización.

Art.3º La OLIMPÍADA MATEMÁTICA ARGENTINA - O.M.A.- es una competencia entre alumnos
regulares de los establecimientos secundarios de todo el país divididos en tres niveles según el
siguiente criterio:

          · Primer Nivel: alumnos de 8 y 9 años de escolaridad
          · Segundo Nivel: alumnos de 10 y 11 años de escolaridad
          · Tercer Nivel: alumnos de 12 y 13 años de escolaridad

Art.4º La OLIMPÍADA MATEMÁTICA ARGENTINA - O.M.A.- está orientada y dirigida por el Consejo Superior integrado por las siguientes personas:

    · Dr. Néstor Aguilera. Profesor Titular de la Universidad del Litoral
    · Dr. Luis Caffarelli. Profesor en el "Courant Institute of Mathematical Sciences" (CIMS),       perteneciente a la "New York University" (NYU)
    · Dra. María Inés Platzeck. Profesora Titular de la Universidad del Sur.
    · Dr. Carlos Segovia Fernández. Profesor Titular de la Universidad de Buenos Aires.
    · Dr. Juan Alfredo Tirao. Director del Centro de Investigaciones y Estudios de Matemática de
      Córdoba (CIAEM-CONICET).
    · Secretario Ejecutivo: Profesor Juan Carlos Dalmasso.

Art.5º El Consejo Superior intervendrá en la:

      a. Designación de los Jurados Regionales y Nacionales. b. Supervisión de los problemas
      destinados a los concursos. c. Supervisión de los criterios de evaluación de las pruebas.
      d. Supervisión de la representación argentina para las competencias internacionales.
      e. Decisión sobre situaciones no previstas en el presente Reglamento.

Art.6º El Secretario Ejecutivo del Consejo Superior será el Director de la Olimpíada Matemática Argentina. Es el responsable de la puesta en marcha al comenzar cada año. Son sus funciones:

      a. Conseguir los fondos necesarios para la puesta en marcha y la elaboración del presupuesto       general. b. Determinar el calendario de actividades. c. Determinar las jurisdicciones para cada
      cabecera olímpica. d. Designar a los Jurados de los certámenes Intercolegial y Zonal.
      e. Designar a los Secretarios Regionales Adjuntos y fijar las áreas geográficas de influencia.
      f. Designar a los Secretarios Regionales y las Cabeceras Regionales correspondientes.
      g. Designar a los Delegados Zonales y las Cabeceras Zonales correspondientes. h. Designar
      a los Coordinadores Intercolegiales y las Cabeceras Intercolegiales correspondientes.
      i. Invitar a un representante de cada organismos de conducción escolar para coordinar las       actividades de los establecimientos de su dependencia. j. Decidir y supervisar todo el material
      a publicarse. k. Publicar los resultados de los concursos. l. Mantener activa las conexiones       internacionales. m. Nombrar las comisiones organizadoras necesarias para llevar adelante sus       funciones.

Art.7º El Comité Olímpico está integrado por las siguientes personas:
    · Dra. Ana María Patricia Fauring
    · Dra. Flora Mercedes Gutiérrez Giusti
    · Lic. Julia Seveso
    · Lic. Norma Cristina Pietrocola

    Son sus funciones:

      a. Redactar los problemas a proponer en cada certamen, (excepto el escolar), los que deberán
      ser aprobados por el Consejo Superior. Ninguna persona ajena al Comité Olímpico y al Consejo       Superior conocerá los problemas que se propondrán en cada certamen. b. Determinar la       duración de cada prueba que será como máximo de cuatro horas y media. c. Solicitar a los       matemáticos profesionales y a las organizaciones nacionales e internacionales, el envío de       problemas para constituir un banco de problemas. d. Producir y difundir el problema semanal y       gestionar su edición. e. Coordinar la participación de la Olimpíada Matemática Argentina en las       competencias internacionales.

Art.8º El Comité Olímpico y el Director de la Olimpíada arbitrarán los medios para:

      a. Analizar y evaluar las pruebas presentadas por los alumnos; sus decisiones son inapelables.
      b. Promover a la instancia siguiente a todo alumno que tenga como mínimo dos problemas
      resueltos. c. Recomendar a los jurados reunir a los alumnos participantes para comunicar los       resultados, destacar las soluciones completas, la claridad de exposición, la simplicidad en el
      método, las ideas brillantes y cualquier otro signo de habilidad matemática, sean o no los       seleccionados para la ronda siguiente.

Art.9º Los Jurados (Escolares o Colegiales, según corresponda) seleccionarán para la instancia (interescolar o intercolegial, según corresponda) a los alumnos que hayan resuelto como mínimo
dos problemas sobre un total de tres.

Art.10º La OLIMPÍADA MATEMÁTICA ARGENTINA abarcará un proceso de cinco instancias

      1. Certamen Colegial
      2. Certamen Intercolegial
      3. Certamen Zonal
      4. Certamen Regional
      5. Certamen Nacional

Art.11º El Director de la Olimpíada destacará en los lugares pertinentes que la Olimpíada
Matemática Argentina y la Fundación Olimpíada Matemática Argentina no tienen responsabilidad
por el traslado de los menores seleccionados ni de los adultos acompañantes, que participan de los concursos que organiza.

Art.12º Los alumnos deberán presentar, para su acreditación ante la comisión organizadora de
cada certamen, la autorización que exime de responsabilidad civil, firmada por padres, tutor o
encargado y refrendada por la autoridad escolar. Ningún alumno quedará debidamente acreditado
para participar sin la presentación de dicha autorización.

Art.13º En el Certamen Escolar podrá participar todo alumno que lo solicite mientras que, en los restantes, sólo aquellos alumnos que hayan aprobado el certamen anterior.
En el Certamen Nacional, además de las pruebas escritas, habrá una prueba oral para los tres
alumnos finalistas de cada nivel. El Jurado Nacional proclamará un Campeón por cada Nivel.

  Las pruebas escritas deben responder a las siguientes instrucciones:
       . Es posible consultar libros o apuntes. No podrá usarse colecciones de problemas resueltos.
       . Sólo podrán usarse los propios elementos.
       .
Es posible que no se alcancen a resolver todos los problemas; lo importante es hacer bien
         lo que se haga.   
       .
La interpretación de los enunciados estará a cargo de los alumnos participantes. No se          responderán preguntas.
       .
Los razonamientos y cálculos que intervienen en la resolución de los problemas deben ser
         consignados en la hoja de la prueba. Si resultare insuficiente el espacio previsto en la hoja          impresa deberán adjuntarse las hojas necesarias.

La prueba oral consistirá en la exposición de un problema anteriormente resuelto por el participante
y que el Jurado Nacional seleccionará. El Consejo Superior podrá introducir una ligera variante que el alumno finalista deberá resolver.
Está terminantemente prohibido a alumnos, docentes y acompañantes, ingerir estimulantes (alcohol
u otros) durante el traslado de los mismos a los concursos de la Olimpíada Matemática en cualquiera de sus torneos y de sus instancias.

Art.14º Las pruebas de selección para las competencias internacionales responderán a los
reglamentos de las mismas y a las restricciones que establezca el Consejo Superior.

Art.15º En las pruebas de selección para las competencias internacionales hay, por lo general, un temario único, para cualquier nivel. Se entiende que el proceso favorece a los alumnos del mayor
nivel. No se permitirá material de cálculo ni de consulta. La selección estará a cargo del Comité
Olímpico y su fallo es inapelable. El viaje estará condicionado a la obtención de los fondos para los mismos.

Art.16º La fecha de la selección para las competencias internacionales es impostergable; todo imprevisto de comunicación o traslado que impida la presencia de cualquier participante lo excluirá automáticamente de la prueba.

Art.17º Los participantes de las competencias internacionales deberán ajustarse a las condiciones establecidas por los Reglamentos Internacionales.