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Nuevo
Reglamento OMA 2003
Art.1º
La OLIMPÍADA MATEMÁTICA ARGENTINA - O.M.A.-, tiene su domicilio en la
Fundación Olimpíada Matemática Argentina - F.O.M.A.- Av. Santa Fe
3312 - Piso 9º de la Ciudad de Buenos Aires. Procura coordinar sus
actividades con los Ministerios, Secretarías y Consejos de Educación
de las distintas jurisdicciones.
Art.2º
La OLIMPÍADA MATEMÁTICA ARGENTINA - O.M.A.-, tiene como objetivo
fundamental estimular entre los jóvenes la actividad matemática y
desarrollar la capacidad para resolver problemas y está sujeta a los
siguientes principios generales:
1. Libertad de participación: esta
actividad es completamente voluntaria.
2. Intencionalidad educativa y
cultural: la propuesta consiste en apoyar la educación
matemática,
capacitar a los alumnos que manifiestan aptitudes relevantes y promover
el intercambio
de experiencias entre profesores e investigadores.
3. Igualdad de oportunidades: la
intención es ofrecer idéntica posibilidad de participación y
de desarrollo
personal a toda la comunidad escolar, independientemente de su
condición social
y lugar de residencia.
4. Integración social: es un aporte
para la formación de recursos humanos como respuesta
a la opción
del mundo actual por el desarrollo tecnológico.
5. Participación gradual: se
instrumenta la participación en función de edades, uso de
métodos y
conocimientos para evitar la temprana frustración de los alumnos con
dificultades que exceden su madurez.
6. Responsabilidad académica: la
O.M.A. es la única responsable de la actividad académica y
sólo de
ello. Por lo tanto se reserva el derecho de interrumpir la participación
de cualquier
alumno que, a
juicio de la comisión organizadora del concurso, resulte necesaria para
el
logro de los
objetivos y su organización.
Art.3º La OLIMPÍADA MATEMÁTICA ARGENTINA - O.M.A.- es una
competencia entre alumnos
regulares de los establecimientos secundarios de todo el país divididos
en tres niveles según el
siguiente criterio:
· Primer
Nivel: alumnos de 8 y 9 años de escolaridad
· Segundo
Nivel: alumnos de 10 y 11 años de escolaridad
· Tercer
Nivel: alumnos de 12 y 13 años de escolaridad
Art.4º La OLIMPÍADA MATEMÁTICA ARGENTINA - O.M.A.- está
orientada y dirigida por el Consejo Superior integrado por las
siguientes personas:
·
Dr. Néstor Aguilera. Profesor Titular de la Universidad del Litoral
· Dr. Luis Caffarelli. Profesor en el
"Courant Institute of Mathematical Sciences" (CIMS),
perteneciente a la "New York
University" (NYU)
· Dra. María Inés Platzeck. Profesora Titular
de la Universidad del Sur.
· Dr. Carlos Segovia Fernández. Profesor
Titular de la Universidad de Buenos Aires.
· Dr. Juan Alfredo Tirao. Director del Centro
de Investigaciones y Estudios de Matemática de
Córdoba (CIAEM-CONICET).
· Secretario Ejecutivo: Profesor Juan Carlos
Dalmasso.
Art.5º
El Consejo Superior intervendrá en la:
a. Designación de los Jurados
Regionales y Nacionales. b. Supervisión de los problemas
destinados a los concursos. c.
Supervisión de los criterios de evaluación de las pruebas.
d. Supervisión de la representación
argentina para las competencias internacionales.
e. Decisión sobre situaciones no
previstas en el presente Reglamento.
Art.6º
El Secretario Ejecutivo del Consejo Superior será el Director de la
Olimpíada Matemática Argentina. Es el responsable de la puesta en
marcha al comenzar cada año. Son sus funciones:
a. Conseguir los fondos necesarios
para la puesta en marcha y la elaboración del presupuesto
general. b. Determinar el calendario
de actividades. c. Determinar las jurisdicciones para cada
cabecera olímpica. d. Designar a los
Jurados de los certámenes Intercolegial y Zonal.
e. Designar a los Secretarios
Regionales Adjuntos y fijar las áreas geográficas de influencia.
f. Designar a los Secretarios
Regionales y las Cabeceras Regionales correspondientes.
g. Designar a los Delegados Zonales
y las Cabeceras Zonales correspondientes. h. Designar
a los Coordinadores Intercolegiales
y las Cabeceras Intercolegiales correspondientes.
i. Invitar a un representante de
cada organismos de conducción escolar para coordinar las
actividades de los establecimientos
de su dependencia. j. Decidir y supervisar todo el material
a publicarse. k. Publicar los resultados
de los concursos. l. Mantener activa las conexiones
internacionales. m. Nombrar las
comisiones organizadoras necesarias para llevar adelante sus
funciones.
Art.7º
El Comité Olímpico está integrado por las siguientes personas:
· Dra. Ana María Patricia Fauring
· Dra. Flora Mercedes Gutiérrez Giusti
· Lic. Julia Seveso
· Lic. Norma Cristina Pietrocola
Son sus funciones:
a. Redactar los problemas a proponer
en cada certamen, (excepto el escolar), los que deberán
ser aprobados por el Consejo Superior.
Ninguna persona ajena al Comité Olímpico y al Consejo
Superior conocerá los problemas que
se propondrán en cada certamen. b. Determinar la
duración de cada prueba que será
como máximo de cuatro horas y media. c. Solicitar a los
matemáticos profesionales y a
las organizaciones nacionales e internacionales, el envío de
problemas para constituir un banco
de problemas. d. Producir y difundir el problema semanal y
gestionar su edición. e. Coordinar
la participación de la Olimpíada Matemática Argentina en las
competencias internacionales.
Art.8º
El Comité Olímpico y el Director de la Olimpíada arbitrarán los
medios para:
a.
Analizar y evaluar las pruebas presentadas por los alumnos; sus
decisiones son inapelables.
b. Promover a la instancia siguiente
a todo alumno que tenga como mínimo dos problemas
resueltos. c. Recomendar a los
jurados reunir a los alumnos participantes para comunicar los
resultados, destacar las soluciones
completas, la claridad de exposición, la simplicidad en el
método, las ideas brillantes y
cualquier otro signo de habilidad matemática, sean o no los
seleccionados para la ronda
siguiente.
Art.9º Los Jurados (Escolares o Colegiales, según corresponda)
seleccionarán para la instancia (interescolar o intercolegial, según
corresponda) a los alumnos que hayan resuelto como mínimo
dos problemas sobre un total de tres.
Art.10º
La OLIMPÍADA MATEMÁTICA ARGENTINA abarcará un proceso de cinco
instancias
1. Certamen Colegial
2. Certamen Intercolegial
3. Certamen Zonal
4. Certamen Regional
5. Certamen Nacional
Art.11º
El Director de la Olimpíada destacará en los lugares pertinentes que
la Olimpíada
Matemática Argentina y la Fundación Olimpíada Matemática Argentina
no tienen responsabilidad
por el traslado de los menores seleccionados ni de los adultos acompañantes,
que participan de los concursos que organiza.
Art.12º
Los alumnos deberán presentar, para su acreditación ante la comisión
organizadora de
cada certamen, la autorización que exime de responsabilidad civil,
firmada por padres, tutor o
encargado y refrendada por la autoridad escolar. Ningún alumno quedará
debidamente acreditado
para participar sin la presentación de dicha autorización.
Art.13º En el Certamen Escolar podrá participar todo alumno que
lo solicite mientras que, en los restantes, sólo aquellos alumnos que
hayan aprobado el certamen anterior.
En el Certamen Nacional, además de las pruebas escritas, habrá una
prueba oral para los tres
alumnos finalistas de cada nivel. El Jurado Nacional proclamará un
Campeón por cada Nivel.
Las
pruebas escritas deben responder a las siguientes instrucciones:
.
Es posible consultar libros o apuntes. No podrá usarse colecciones de
problemas resueltos.
.
Sólo podrán usarse los propios elementos.
. Es posible
que no se alcancen a resolver todos los problemas; lo importante es
hacer bien
lo que se haga.
. La
interpretación de los enunciados estará a cargo de los alumnos
participantes. No se
responderán
preguntas.
. Los
razonamientos y cálculos que intervienen en la resolución de los
problemas deben ser
consignados en la
hoja de la prueba. Si resultare insuficiente el espacio previsto en la
hoja impresa deberán
adjuntarse las hojas necesarias.
La prueba oral consistirá en la exposición de un problema
anteriormente resuelto por el participante
y que el Jurado Nacional seleccionará. El Consejo Superior podrá
introducir una ligera variante que el alumno finalista deberá resolver.
Está terminantemente prohibido a alumnos, docentes y acompañantes,
ingerir estimulantes (alcohol
u otros) durante el traslado de los mismos a los concursos de la Olimpíada
Matemática en cualquiera de sus torneos y de sus instancias.
Art.14º
Las pruebas de selección para las competencias internacionales
responderán a los
reglamentos de las mismas y a las restricciones que establezca el
Consejo Superior.
Art.15º
En las pruebas de selección para las competencias internacionales hay,
por lo general, un temario único, para cualquier nivel. Se entiende que
el proceso favorece a los alumnos del mayor
nivel. No se permitirá material de cálculo ni de consulta. La selección
estará a cargo del Comité
Olímpico y su fallo es inapelable. El viaje estará condicionado a la
obtención de los fondos para los mismos.
Art.16º
La fecha de la selección para las competencias internacionales es
impostergable; todo imprevisto de comunicación o traslado que impida la
presencia de cualquier participante lo excluirá automáticamente de la
prueba.
Art.17º
Los participantes de las competencias internacionales deberán ajustarse
a las condiciones establecidas por los Reglamentos Internacionales.
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